Condenan al banco por incluir al cliente en el registro de morosos




En su sentencia nº 1/2017, de 12 de enero, el titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Teruel, entiende que se ha producido una intromisión ilegítima en el derecho fundamental al honor del demandante al haber mantenido los datos del cliente hipotecado en dos ficheros de morosos una vez que las partes habían modificado el préstamo hipotecario suscribiendo la nación en pago parcial de la deuda así como la condonación parcial del importe restante. 




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